Revocación de mandato terminó como dictaduras en Venezuela y Bolivia
*En Latinoamérica tres países mantienen la figura de revocación de mandato: Ecuador, Venezuela y Bolivia
Ciudad de México, 15 OCT.-Este martes, el Senado de la República aprobó, en lo general, la figura de revocación de mandato para el presidente y gobernadores; con esto nueve artículos de la Constitución se deben reformar.
Resulta que la revocación de mandato no es nueva en América Latina, pues ya se avaló en países como Ecuador, Bolivia y Venezuela. Aunque solo en el país caribeño se ha efectuado y, curiosamente, su mandatario no fue destituido.
En Venezuela, Hugo Chávez, la propuso en 1998, en su primera campaña presidencial, para 1999 ya se había incluido en su Carta Magna. Incluso, en noviembre de 2003, la oposición trató de aplicarla, pero el organismo electoral no lo permitió hasta el 15 de agosto de 2004, una semana antes de que Chávez diera por terminado su cuarto año de gobierno.
En ese momento la pregunta que se le hizo a los caribeños fue la siguiente: “¿Está usted de acuerdo con dejar sin efecto el mandato popular, otorgado mediante elecciones democráticas legítimas al ciudadano Hugo Chávez Frías, como presidente de la República Bolivariana de Venezuela para el actual periodo presidencial?”.
Sin embargo, y de acuerdo con la especialista, Miriam Kornblith, dicha cuestión nunca incluyó la posibilidad de una eventual revocación y solo planteó “la ilegitimidad de la interrupción del mandato presidencial”.
“El “No” ganó con el 59% de los votos, mientras que el “Sí” contó con el 40.6%. Tras ese ejercicio, no se volvió a organizar una revocación de mandato y Chávez se mantuvo en el poder hasta su muerte en 2013”, detalló la revista Letras Libres, en su texto “Las distintas caras de la revocación de mandato” (20/03/2019).
Mientras que en Bolivia la revocación de mandato se anexó a su Constitución en 2009, con la modificación del numeral 240. Y ella se dicta que “toda persona que ejerza un cargo electo podrá ser revocada de su mandato, excepto el órgano judicial, de acuerdo con la ley”.
En dicha nación la revocación sólo se puede aplicar cuando haya transcurrido, al menos la mitad del periodo de mandato, que es de cinco años, y nunca durante el último año de la gestión.
“Curiosamente, la revocatoria presidencial fue aplicada contra aquellos presidentes que impulsaron las reformas constitucionales más radicales, en las que se incorporó por primera vez la revocatoria de mandato: la Constitución venezolana de 1999 —impulsada por Hugo Chávez— y la Constitución boliviana de 2009 —por Evo Morales—. (Sin que en ninguno de los casos los mandatarios resultaran destituidos)”, explicó María Laura Eberhardt al sitio Animal Político.
Con estos dos ejemplos, y tomando en cuenta que la Cámara Alta ya dio un paso importante para que una vez concluido el tercer año de gobierno el presidente, Andrés Manuel López Obrador, éste sea sometido a revocación de mandato.
Sin embargo, cabe la posibilidad de que AMLO lo use como una manera para reelegirse; aunque eso dependerá de que se establezca un artículo transitorio donde se acote que las consultas no se podrán usar para la reelección presidencial.
Por mayoría y con el voto del PAN en contra, el Senado aprobó las reformas constitucionales en materia de revocación de mandato y consulta ciudadana.
Luego de una discusión de más de cuatro horas y 30 oradores ante el pleno, el dictamen fue avalado por 98 votos a favor, 22 en contra y una abstención.
Los votos en contra fueron del senador sin grupo parlamentario Emilio Álvarez Icaza y los panistas, excepto dos: Xóchitl Gálvez y Damián Zepeda, quienes votaron a favor.
Ahora, el dictamen será devuelto a la Cámara de Diputados, ya que las y los legisladores realizaron cambios sustanciales al documento que llegó de San Lázaro.
Entre ellos, que sea únicamente solicitada por los ciudadanos y no por el presidente, que se lleve a cabo en 2022 y que sea organizada por el INE.
“Permitía que el presidente pudiera solicitar la revocación de mandato como si este no fuera un ejercicio al servicio de los ciudadanos”, criticó el coordinador de Movimiento Ciudadano, Dante Delgado.
“Valió la pena esperar un año, valió la pena no apresurarnos y hacer las cosas bien. El dictamen que hoy se aprobará, guarda una importante distancia de la propuesta que se nos hizo llegar desde la Cámara de Diputados, y qué bueno que así sea”, dijo por su parte el coordinador de los senadores priistas, Miguel Ángel Osorio Chong.
Al no contar con la mayoría calificada en el Senado requerida al tratarse de una reforma constitucional, el grupo parlamentario de Morena, encabezado por Ricardo Monreal, y el presidente Andrés Manuel López Obrador cedieron en las exigencias de los grupos de oposición.
La revocación de mandato podrá solicitarse una vez solamente y en el plazo de los primeros tres meses posteriores a la conclusión del tercer año de periodo constitucional.
En el caso del sexenio actual, la solicitud podrá realizarse durante los primeros 15 días del mes de diciembre de 2021, la recolección de firmas se podrá realizar durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre del año 2021 y en caso de proceder la solicitud la votación se realizaría en 2022. Con información La Otra Opinión
Noticias/Diario Tribuna Chiapas/2019