PGR debe abrir datos de las denuncias presentadas por la ASF, ordena el INAI
Ciudad de México, 03 ABR (apro).-El Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) buscar y dar a conocer datos de cada una de las 325 averiguaciones previas que inició a raíz de las denuncias presentadas por la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
El INAI demandó a la dependencia federal que presente estatus, fecha de presentación de denuncia, delitos denunciados, tipo de irregularidad detectada y cantidad de detenidos, precisando cuántos han recibido sentencia, cuántos no, y si son condenatorias o absolutorias.
“Es de gran interés conocer el detalle de la situación de esas denuncias hechas por la Auditoría, puesto que representan un impacto económico en perjuicio del erario por más de 40 mil millones de pesos”, afirmó el comisionado Oscar Guerra Ford al presentar el caso ante el Pleno.
Expuso que a partir de las 719 denuncias presentadas por la ASF en los últimos diez años, la PGR inició 325 averiguaciones previas, de las cuales sólo tres han sido consignadas sin detención.
En un comunicado, precisó que un particular solicitó un informe sobre la totalidad de las denuncias penales presentadas por la ASF, derivado de las auditorías a las cuentas públicas de 1998 a 2016, pidiendo que por cada denuncia se precisaran:
- a) número de averiguación, b) año de la cuenta pública, c) número o clave de auditoría, d) entidad gubernamental denunciada, e) fecha de presentación de denuncia, f) monto económico de daño hacendario detectado, g) delitos denunciados, h) fondos federales donde se detectaron las irregularidades, i) tipo de irregularidad detectada, j) estatus de la denuncia, k) cantidad de detenidos y l) cuántos detenidos han recibido sentencia y cuántos no, y si son condenatorias o absolutorias.
En respuesta, la PGR señaló que de 2005 a 2016 se iniciaron 325 averiguaciones previas: 296 en la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Servidores Públicos y contra la Administración de Justicia y 29 en la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros.
No obstante, manifestó que no contaba con información con el nivel de desglose solicitado, razón por la cual el particular se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, argumentando también que la información no se le entregó en formato Excel.
En alegatos, la PGR explicó que los datos concentrados en el “Sistema Institucional de Información Estadística” cuentan con niveles de desagregación específicos, por lo que no era posible proporcionar información con un desglose distinto, además de que no está obligada a elaborar documentos ad hoc.
Asimismo, la dependencia señaló que después de una nueva búsqueda localizó información estadística adicional que proporcionó al particular en formato Excel.
En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Oscar Guerra Ford, se advirtió que del Sistema Institucional de Información Estadística es posible obtener datos adicionales a los reportados por la PGR, como el número de averiguación previa, la fecha de presentación de denuncia, los delitos denunciados, tipo de irregularidad detectada, estatus de la averiguación y la cantidad de detenidos, por cada averiguación previa.
Asimismo, se determinó que dicho Sistema permite conocer por cada averiguación previa, el número de personas que han o no recibido sentencia y si éstas son condenatorias o absolutorias, tal como lo reportó la PGR en su cuarto informe de labores 2015-2016.
En ese sentido, se concluyó que la dependencia estaba en posibilidad de proporcionar, desde su respuesta inicial, información desglosada sobre cada una de las 325 averiguaciones previas iniciadas a partir de las denuncias de la ASF.
Respecto al resto de la información solicitada, es decir, el año de la cuenta pública, el número o clave de la auditoría, la entidad gubernamental denunciada, el monto económico del daño hacendario detectado y los fondos federales donde se detectaron las irregularidades, se comprobó que son datos que la dependencia no está obligada registrar en forma de estadística.
Por lo expuesto, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la PGR y le instruyó hacer una búsqueda exhaustiva, a fin de proporcionar al particular, en formato Excel, información de cada una de las 325 averiguaciones previas, desglosada por número de averiguación, estatus, fecha de presentación de denuncia, delitos denunciados, tipo de irregularidad detectada y cantidad de detenidos, precisando cuántos han recibido sentencia, cuántos no, y si son condenatorias o absolutorias.
Noticias/Diario Tribuna Chiapas/2017