MOTOTAXIS BAJO LA LUPA
Roger Laid
Ilegal es lo que vulnera la ley, es decir, lo que va en sentido contrario al ordenamiento, esto le va o embona correctamente a lo que viene sucediendo en Chiapas con los taxis piratas además de un sinfín de transporte publico clonado en sus números económicos así como en aquellos que sus placas son de las “normales” es decir no del concesionado. y desde luego el incremento de la delincuencia en estas unidades, evidencia clara que puede dar fe las autoridades encargadas de la seguridad y varias damas que han puesto su denuncia ante la fiscalía sin que sean tomadas en serio.
Sin embargo, a la par en la pasada administración surgió un nuevo cáncer del transporte que hace mucho daño y son llamados “MOTOTAXIS” los cuales se han convertido en un aura de corrupción del cual en cualquier momento la Secretaria de Movilidad y Transporte que dirige Aquiles Espinoza tendrá que actuar aplicando estrictamente la Ley del Transporte y Vialidad.
A 15 kilómetros de Tuxtla Gutiérrez la capital de Chiapas, se encuentra el municipio de Berriozábal, en tramo federal usted se puede encontrar estos vehículos (moto taxis) mismos que van a media carretera estorbando a vehículos que transitan a velocidad permitida mientras ellos hacen ascenso y descenso, es allí donde se reportan más de 3 unidades con accidentes, mismos que no se reportan a las autoridades y más de uno tiene queja por llevar a su máxima velocidad al pasaje. Cuando la ley les permitiría 25 kilómetros y motores eléctricos sin contaminantes.
EDILES PROTEGEN MOTOTAXISTAS
Pero no solo en este municipio se irrumpe la ley, es Tonalá, Cintalapa, Tapachula y más de una docena deambulan de forma ilícita y se estima un promedio de 40 mil unidades sin control alguno porque no hay autoridad que este facultada para cobrarle los impuestos que les correspondería pagar debido a que la circulación de estos vehículos –insisto y documento- son ilícitos. Se han evidenciado los grupos de moto taxis de Puerto Madero al señalar al también corrupto delegado del Transporte Guerrero Rubiera, a quien señalan de que los ha engañado puidiendoles requisitos para dejarlos trabajar e icluso seguro de viajero, y es que quiero referirles a estos inocentes “transportistas” que la ley no los ampara y por el contrario lo ilícito en esta administración será barrido de arriba hacia abajo.
Sin embargo, es la administración del edil de Tapachula Oscar Gurria Penagos quien genera y le da continuidad a la corrupción, los nombres de sus operadores que cobran a los transportistas ilegales se darán a conocer en su momento.
De igual forma de Tuxtla Chico a Talismán sobre el tramo federal y también en dirección a Tapachula estos “Moto taxis” arriesgan a sus pasaje y comprometen a quienes transitan en esos tramos. Pero veamos que dice dicha ley
LEY DE TRANSPORTES DEL ESTADO DE CHIAPAS
Articulo 38
III. ecotaxis: Vehículos de tres ruedas impulsado por batería eléctrica, con un máximo de velocidad especificado de 25 km/h, especialmente adaptado para el transporte de personas. Con capacidad hasta para dos pasajeros, pudiendo llevar equipaje de mano que no exceda de diez kilogramos. El servicio de esta modalidad se prestara en zonas rurales, previo (sic) estudios técnicos de factibilidad, socioeconómicos, vialidad y núcleo de población, a cambio del cobro de una tarifa autorizada. Esta modalidad no se autorizara en poblaciones en las que exista (sic) concesiones para prestar el servicio de transporte público en la modalidad de pasajeros y rural mixto de carga y pasaje. Las unidades no podrán circular por las carreteras estatales y federales, ni podrán operar fuera del área geográfica asignada, colonia, barrio o ejido y en el horario correspondiente de las 06:00 a las 18:00 hrs. El transporte en estas unidades, será prestado directamente por los permisionarios, por lo que el conductor no podrá ser persona diversa o asalariado; los permisos de ecotaxi y bici taxi serán otorgados única y exclusivamente a personas físicas. La autorización de este servicio de transporte, se otorgara mediante permisos y tendrán vigencia de un año, los cuales podrán renovarse, así como cancelarse en caso de no cumplir con los requisitos y normas establecidas en la presente ley y su reglamento. IV. Transporte especial: son los vehículos que deberán estar equipados y adecuados para el traslado de personas con capacidades diferentes, con base en instituciones de salud, sanatorios, hospitales y clínicas.
Puntos Suspensivos…
Las preguntas son obvias ¿Son los moto taxis impulsados por baterías eléctricas? ¿Es lo que autoriza la Secretaria del Transporte? ¿Contaminantes? Los conductores ¿Son asalariados o dueños? La ley dice que no lo puede conducir más que el del permiso. Es clara la ley cuando dice que los permisos tienen como vigencia un año ¿Quién tiene firmado alguno por la administración del señor Secretario de Movilidad y Transporte Aquiles Espinoza con la autorización del gobernador Rutilio Escandón Cadenas? De acuerdo a la ley, así como le han aplicado la ley a la MOCRI y su transporte pirata es de la misma forma que deben de ser atendidos la circulación de los “Moto taxis” además de investigar cuantos pulpos del autotransporte están detrás de ellos.
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