Ministro Javier Laynez frena el «Plan B» por tiempo indefinido
*Javier Laynez admitió la controversia constitucional que interpuso el Instituto y que frena por el momento la reforma electoral del presidente López Obrador.
Manuel Espino
Ciudad de México, 24 MAR.-El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Javier Laynez Potisek admitió la controversia constitucional que interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del Plan B de la reforma electoral y concedió la suspensión solicitada por el organismo, que frena por el momento la reforma.
La suspensión decretada es para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la publicación de reformas a diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expiden una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.
“Se concede la suspensión solicitada por el Instituto Nacional Electoral, en los términos y para los efectos que se indican en este proveído. La medida cautelar surtirá efectos sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente”, determinó Laynez Potisek.
Mediante un comunicado, la Suprema Corte de Justicia informó que dicha suspensión fue otorgada debido a que el Plan B no sólo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede.
Indicó que la SCJN ha resuelto en ocasiones anteriores que en Controversias Constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos.
“En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía”.
El organismo consideró que se violó el debido proceso legislativo, se vulneró su autonomía e independencia y las condiciones de equidad en las contiendas electorales, así como se afectaron los derechos laborales del personal operativo del INE.
Laynez Potisek consideró que se puede otorgar la suspensión en controversias constitucionales cuando se pudiera vulnerar de manera irreparable los derechos humanos, en este caso, los derechos político-electorales de la ciudadanía.
«Dicha suspensión fue otorgada debido a que el Decreto no sólo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede.
«Asimismo, la SCJN ha resuelto en ocasiones anteriores que en Controversias Constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos. En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía», precisa el comunicado de la Corte.
Con información de EL UNIVERSAL, Revista Etcétera y Latinus.
Noticias/Diario Tribuna Chiapas/2023