Tribunal Electoral tendrá »carta en blanco» para aplicar nulidad de comicios por injerencia
*En 77 anulaciones electorales ha persistido la ausencia de criterios definidos por parte del Tribunal; sin leyes secundarias para la nueva causal, la discrecionalidad podría aumentar, consideran expertos.
Carina García
Ciudad de México, 09 JUN.-Sin ley secundaria que regule la nueva causal de nulidad por intervención extranjeraen una elección que fue aprobada hace unos días por Morena y sus aliados en el pasado periodo extraordinario, su aplicación quedará sujeta a la interpretación de los magistrados electorales, lo que podría incrementar la litigiosidad de los comicios y, eventualmente, provocar el regreso de los conflictos poselectorales en el país.
Los alcances de la nueva disposición deberán ser establecidos por los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pero sus integrantes carecen de reglas claras para determinar la anulación de elecciones: en 77 casos en los que ha resuelto en ese sentido no ha establecido una metodología o unificación de criterios para llegar a esa conclusión.
El cambio que entró en vigor el pasado 3 de junio, añade al artículo 41 de la Constitución una nueva causal para anular comicios que se aplica cuando “exista intervención de individuos, organizaciones o extranjeros con la intención de influir en las preferencias o en los resultados electorales”.
Con solo esas dos líneas, sin regulación en ley secundaria, el Tribunal tendrá carta en blanco para su aplicación y eso conlleva diversos riesgos, alertan expertos de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA), Laboratorio Electoral y Práctica: Laboratorio para la Democracia.
De acuerdo con la reforma citada, basta que se cumplan dos requisitos para que esa nueva causal de nulidad sea aplicable: que la injerencia externa se compruebe, y que ésta sea determinante para el resultado de una elección.
Esa determinancia es central y consiste, explica Víctor Díaz de León, coordinador de Laboratorio Electoral, en acreditar que una conducta fue de tal magnitud que sí influyó en el resultado de una elección.
El experto recuerda que los tribunales electorales no solamente revisan si la acción, si la intervención, si el objeto de la queja existió, sino qué tanto influyó en la percepción del votante.
“Por ejemplo, si la conducta fue generalizada o no. En el caso de la intervención de un funcionario público, en cuántas casillas se dio, cuánto tiempo se dio. Si existió un cartel indebido cuánto tiempo estuvo fijado, cuánta gente pudo haberlo visto. Si influyó en una magnitud importante de votantes o en muy pocas personas.
“Si escasas personas se vieron afectadas por la conducta de un funcionario o por propaganda indebida, los juzgadores consideran que no hubo esa determinancia. Es decir, se dio la conducta, pero no es determinante para para anular todas las casillas o toda una elección”, indica Díaz de León.
A interpretación de los magistrados
Y es justo la complejidad de definir qué puede considerarse intervención extranjera, de qué magnitud y si fue determinante, lo que quedará sujeto a interpretación de los magistrados, por inexistencia de una regulación específica.
“En esas condiciones, la falta de certeza abre la puerta a posibles conflictos poselectorales”, Víctor Díaz de León, coordinador de Laboratorio Electoral.
Los legisladores, valora Ana María Kudisch, presidenta de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA), aprobaron esa reforma sin análisis y de forma improvisada, por lo que coincide, podría generar riesgos.
“No podemos saber a qué se refieren o qué es lo que significa o cómo se va a interpretar esta intervención o injerencia extranjera que puede dar lugar a nulificar las elecciones. Eso puede generar una serie de litigios que pueden ser prolongados, o conflictos postelectorales y con ello una disminución en la confianza de la ciudadanía en los resultados electorales”, indica.
Luis Fernández, de Práctica Laboratorio para la Democracia, advierte que además de quedar muy abierta la causal de nulidad, se suma la captura institucional del Tribunal Electoral que inclina en momentos determinantes las decisiones hacia el oficialismo, por lo que advierte que «el resultado es una combinación muy peligrosa”.
«(La reforma) se convierte en un arma política con elementos jurídicos, pero escasos, porque no se dio certeza sobre cuándo se puede considerar que es existente una injerencia como la que se señala”, indica.
¿Qué es intervención extranjera?
Parte del problema por venir en caso de que se denuncie una injerencia extranjera es que no existe definición legal de ésta, ni forma de medirla o darse por acreditada.
El experto Díaz de León alerta, por ejemplo, que habrá para quien esa irregularidad se presente si un político de otro país habla de elecciones mexicanas, como ya lo ha hecho el presidente de Estados Unidos, Donald Trump con otras elecciones en Latinoamérica.
“Y el problema es que estamos en un mundo tan globalizado en el que a una pregunta expresa en una rueda de prensa el presidente de cualquier país puede contestar cualquier pregunta que se le haga”.
Recuerda que las leyes mexicanas ya limitan a los extranjeros a intervenir en asuntos de México y ahora lo que se busca es limitar incluso hasta pronunciamientos y opiniones.
“Pareciera que esta reforma es una respuesta tardía y una reacción coyuntural a las peticiones de Estados Unidos para que se detenga a personas con fines de extradición. (Morena) no quiere que intervenga a través de dichos de Agencias o de su propio presidente Donald Trump, de personajes políticos o de embajadores”.
Luis Fernández expone otras preocupaciones y cuestionamientos, por ejemplo, si se podría considerar como injerencia extranjera cuando integrantes de misiones de observación electoral emitan una opinión técnica sobre el proceso electoral.
“Si un medio de comunicación editorializado como Fox News en Estados Unidos hace una referencia a candidatos o ensalza candidaturas, ¿puede considerarse o no injerencia extranjera?”, cuestiona.
Incluso recuerda que hay organizaciones de la sociedad civil que reciben apoyos para realizar su labor y ”si se hace una publicación contundente de un acto de corrupción de cualquier gobernador o gobernadora o partido político, ¿es injerencia o no?”. “Es esa apertura de las definiciones es la que más la que más nos preocupa”, advierte. Información de Expansión Política.
Noticias/Diario Tribuna Chiapas/2026

