Corte avala ley antimonopolios: da revés a cadena comercial por precio de tortilla en Chiapas
*La Suprema Corte resolvió que la ley conocida como antimonopolios es constitucional, no viola el principio de presunción de inocencia y rechazó un amparo tramitado por Chedraui.
Alfredo Maza
Ciudad de México, 12 MAR.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Ley Federal de Competencia Económica, conocida como ley antimonopolio, es completamente constitucional y no viola el principio de presunción de inocencia, rechazando así un amparo tramitado por la cadena de supermercados Tiendas Chedraui por el precio de la tortilla en Chiapas, un conflicto legal que mantiene en contra de Walmart.
Este caso se remonta a junio de 2019, cuando la cadena Nueva Walmart de México presentó una denuncia ante las autoridades. La cadena de tiendas internacional reportó que existían prácticas ilegales para manipular el mercado de la producción y venta de tortillas de maíz en el municipio de Huixtla, en el estado de Chiapas.
Tras una larga investigación, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) concluyó en mayo de 2023 que Chedraui y uno de sus gerentes, Luis Roberto Aguilar Hernández, eran culpables.
La autoridad los acusó de participar en un acuerdo entre competidores para subir el precio de la tortilla y obligar a restringir la cantidad de este alimento que se le podía vender a cada cliente. Como consecuencia, se les impusieron multas económicas.
La defensa de Chedraui contra Walmart
Luego de la resolución, Chedraui decidió llevar el caso ante los tribunales, argumentando que varios artículos de la ley (específicamente los artículos 3, 4 y 127) eran inconstitucionales, porque permitían castigar a toda una compañía de forma automática por las acciones indebidas de una sola persona (un empleado).
Según los abogados de la tienda, esto violaba su derecho a la “presunción de inocencia”, ya que los sancionaban sin demostrar primero que la empresa como tal tuviera la culpa del delito cometido por el individuo.
Corte batea a Chedraui
Al analizar el fondo del asunto, la ponencia de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra propuso establecer que los argumentos de Chedraui no tenían fundamento, ya que la ley no establece castigos automáticos ni culpa a las empresas sin razón.
Por el contrario, en su proyecto de sentencia del amparo en revisión 537/2025 argumentó que la ley es clara en que, para multar a una compañía (conocida legalmente como agente económico), la autoridad tiene la obligación de investigar y demostrar con pruebas que la empresa tomó la decisión, dio la orden o tuvo una influencia directa en la realización de la conducta ilegal.
Por lo tanto, declaró que los artículos impugnados son totalmente válidos y constitucionales, propuesta que fue validada por unanimidad de votos.
Conflicto entre Chedraui y Walmart
Aunque Chedraui perdió esta batalla legal sobre la constitucionalidad de la ley, el conflicto legal aún no concluye por completo. La Suprema Corte regresó el caso a un tribunal colegiado para que se revisen los detalles finales sobre cómo se aplicó la multa.
Entre los temas que ese tribunal deberá revisar, destaca un detalle importante: las reuniones donde se acordaron los precios de la tortilla fueron convocadas por una autoridad del gobierno local (el delegado de Huixtla) para intentar resolver un conflicto en la región.
Los magistrados del tribunal deberán analizar si esta intervención del gobierno local generó un “error” o confusión en la empresa al pensar que actuaba legalmente, lo cual podría llevar a que se cancele o se reduzca su castigo. Información de Animal Política.
Noticias/Diario Tribuna Chiapas/2026

